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Intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa

La expropiación forzosa es un procedimiento legal en el que una entidad pública adquiere propiedades privadas para un uso de interés público, previo pago de una compensación al propietario denominada «justiprecio».

En el contexto de la expropiación forzosa en España, uno de los elementos que cobra relevancia es la cuestión de los intereses de demora, que pueden surgir debido a retrasos en el proceso de determinación y pago del justiprecio.

En este artículo exploraremos en detalle los intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa en España.

Marco legal de los intereses de demora

Los intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa están regulados por la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, que establece disposiciones específicas para garantizar la indemnización adecuada a los expropiados y para sancionar a la Administración en caso de retrasos injustificados:

  • Artículo 56: de acuerdo con este artículo, si han transcurrido seis meses desde el inicio legal del expediente expropiatorio sin que se haya determinado el justiprecio, la Administración expropiante culpable de la demora debe abonar al expropiado una indemnización. Esta indemnización consiste en el interés legal del justiprecio hasta el momento en que se haya determinado, y se liquida con efectos retroactivos una vez que el justiprecio ha sido efectuado. En otras palabras, si la Administración no resuelve acerca del justiprecio en un plazo razonable de seis meses, se le imputarán intereses de demora en favor del expropiado desde el inicio del procedimiento hasta la fecha de determinación. Estos intereses tienen una función compensatoria para el expropiado.
  • Artículo 57: este artículo establece que la cantidad fijada definitivamente como justiprecio devengará el interés legal correspondiente a favor del expropiado. Este interés se aplica desde el momento en que han transcurrido los seis meses a los que se hace referencia en el artículo 48 de la Ley de Expropiación Forzosa. En resumen, la demora en el pago del justiprecio da lugar al devengo de intereses de demora a favor del expropiado. La cuantía de estos intereses se basa en el interés legal vigente en el momento de la liquidación y se calcula sobre la cantidad definitiva del justiprecio.
  • Artículo 58: aquí se aborda una situación adicional. Si transcurren cuatro años sin que el pago de la cantidad fijada como justiprecio se haga efectivo o se consigne, se debe proceder a evaluar nuevamente las cosas o derechos objeto de expropiación de acuerdo con los preceptos contenidos en la Ley de Expropiación Forzosa. Es importante destacar que una vez realizado el pago o la consignación, incluso si han transcurrido los cuatro años, no procederá el derecho a la retasación.

Cálculo de los intereses de demora

Los intereses de demora se calculan sobre la cantidad que se debe pagar como justiprecio. El tipo de interés a aplicar es el interés legal del dinero, que es establecido anualmente por el Gobierno a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Implicaciones prácticas de los intereses de demora

Los intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa cumplen una función crucial al garantizar que la Administración actúe con celeridad y eficiencia en la determinación y el pago del justo precio.

La posibilidad de imputar intereses de demora tiene un carácter disuasorio, incentivando a la Administración a evitar retrasos injustificados que puedan perjudicar a los expropiados.

Es importante para los expropiados estar al tanto de sus derechos y de las disposiciones legales que regulan los intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa. En caso de experimentar demoras injustificadas, es fundamental contar con el respaldo legal necesario para exigir una compensación adecuada.

Conclusión

Los intereses de demora en el procedimiento de expropiación forzosa en España son una medida de protección para los derechos de los expropiados.

Estos intereses aseguran que las demoras injustificadas en la determinación y el pago del justo precio sean debidamente compensadas.

La Ley de Expropiación Forzosa establece disposiciones específicas para garantizar la celeridad y la eficiencia en el procedimiento, y para sancionar a la Administración en caso de incumplimiento. Es fundamental que los expropiados estén informados sobre sus derechos y sepan cómo hacer valer sus reclamaciones en caso de demoras indebidas.