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¿Qué tipos de bienes se pueden expropiar?

En España, la expropiación forzosa se rige por la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, que establece los bienes que pueden ser objeto de expropiación.

En general, se pueden expropiar todos aquellos bienes que se consideren necesarios para la realización de obras o servicios de utilidad pública o interés social, como carreteras, hospitales, colegios, infraestructuras de transporte, entre otros.

Entre los bienes que se pueden expropiar, se encuentran:

  • Bienes inmuebles: como terrenos, viviendas, edificios, locales comerciales, naves industriales, entre otros.
  • Bienes muebles: como maquinaria, vehículos, herramientas, entre otros. Siempre y cuando se destinen al uso público.
  • Derechos: como el derecho de servidumbre, el derecho de paso, el derecho de superficie, entre otros; cuando sean necesarios para la ejecución de las obras o servicios de utilidad pública o interés social.
  • Patentes, marcas y diseños industriales: en caso de que sean necesarios para la realización de obras o servicios públicos.

Es importante señalar que la expropiación forzosa debe llevarse a cabo en cumplimiento de los procedimientos legales establecidos y con la debida indemnización a los propietarios afectados. Además, en todo caso, se deben respetar los derechos fundamentales y las garantías jurídicas de los ciudadanos.

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